noticias |Publicado el 17-08-2017

Entra en vigencia la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas

El 2 de agosto entró en vigencia en nuestro país la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, después de nueve años de tramitación. Esta ley establece un nuevo marco jurídico para los animales y la sociedad en general.

Hay que precisar que esta no es la Ley Cholito, a pesar de la forma en que se ha difundido, dicha ley ingresó a tramitación el año 2016 cuando ocurrió el maltrato a cholito y tiene por objeto regular el maltrato animal. En cambio, la ley de tenencia responsable de mascotas llevaba casi nueve años de tramitación y aborda variados temas respecto al bienestar animal, derechos y obligaciones de los dueños, protección a la salud y seguridad de las personas y el medio ambiente. Es importante esta aclaración para que no olvidemos que una ley tan necesaria como es la ley cholito sigue en el Congreso.

Tenencia responsable.

La ley de tenencia responsable regula, en general, tres ámbitos: control de la población, identificación y registro de los animales de compañía, y educación de la ciudadanía.

En los ámbitos de control de la población de mascotas e identificación, se destinarán recursos para campañas de esterilización masivas, se creará un registro de animales mediante la implantación de dispositivo electrónico y un registro nacional que permitirá vincular a cada animal de compañía con su dueño para fiscalizar la tenencia responsable de estos. Además, se tomarán medidas para la reubicación de animales abandonados y de fiscalización para el cumplimiento de la normativa.

La educación a la ciudadanía se concretará a través de programas de educación, en nivel básico y medio, para prevenir el abandono, fomentar la reubicación de animales abandonados y difundir los conceptos de tenencia responsable que cada animal del país deberá tener.

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Maltrato animal.

La ley incorpora modificaciones al artículo 291 bis del Código Penal respecto de las penas en el delito de maltrato animal y establece en el artículo 291 ter lo que se debe entender por acto de maltrato o crueldad en animales: “toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente causare daño, dolor o sufrimiento al animal”, delito que desde ahora también considera al abandono de animales como maltrato animal. Un importante avance que logró introducir la bancada de Parlamentarios por la Dignidad Animal en Chile (Parda) durante las últimas etapas de tramitación de la ley.

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Criaderos y lugares de venta de mascotas.

Una norma que ha generado debate es el artículo 25 de esta nueva ley, la que ordena que los dueños de criaderos y los vendedores de mascotas o animales de compañía de la especie canina y felina, deberán esterilizarlos antes de su entrega, la cual en relación con el artículo 2° de la ley entiende que la edad mínima de entrega de estos cachorros será de dos meses. En consecuencia, la ley señala que la edad mínima para esterilizar es de dos meses pero también se pueden esterilizar a los tres, cuatro meses, etcétera., no es obligatorio esterilizar a los dos meses de edad, por ejemplo, si un perro requiere por su raza o tamaño ser esterilizado a los seis meses la ley permite que sea esterilizado a esa edad, solo que el criadero o vendedor no podrá entregarlo antes de esa esterilización a los seis meses.

¿Qué cambia con la entrada en vigencia de la Ley?

La ley de tenencia responsable entró en vigencia este 2 agosto pero la mayor parte de ella aún no es aplicable debido a que se deben elaborar reglamentos que determinan su aplicación práctica, por ejemplo, las formas en que las municipalidades manejarán el Registro Nacional de Mascotas y fiscalizarán la aplicación de la norma. Existe un plazo de 180 días para la promulgación de los reglamentos desde la promulgación de la ley y serán elaborados por la Subdirección de Desarrollo Regional (Subdere) del Ministerio del Interior.

Hay algunas sanciones que señala la ley que son de aplicabilidad inmediata, particularmente la modificación al artículo 291 bis del Código Penal comienza a ser aplicable desde la publicación de la ley, es decir, desde este 2 de agosto, no obstante, el resto de las sanciones que están directamente relacionadas con tenencia responsable, no van a tener aplicabilidad mientras no se dicten los reglamentos.

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Para más información descarguen la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas en este enlace o visiten la web de la Subdere www.defensoresdemascotas.cl.

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