El camino recorrido para que el testeo de productos cosméticos en animales se consagrara como prohibición en Chile
El día de hoy, 27 de enero de 2025, entra en vigencia le ley 21.646 que prohíbe la experimentación en animales de productos cosméticos, sus ingredientes o combinación de ingredientes en Chile, como también la introducción, importación, venta y comercialización de estos en el país.
Esta normativa fue aprobada por unanimidad a finales de 2023 por la sala del Senado y fue publicada en el Diario Oficial en enero de 2024. Esto es un gran logro para el derecho animal en Chile y se transforma en la tercera norma que se dicta sobre protección animal en el territorio nacional en los últimos 15 años.
Si recién supiste de esta norma, ¡aquí te contamos cómo fue el camino de la ONG para lograr a este hecho histórico!
Los inicios de este proyecto de ley
ONG Te Protejo es una organización sin fines de lucro que fue fundada en el año 2012, que en su inicio tenía como misión promover el uso de productos cuya fabricación fuera libre de crueldad animal. Es así como, en el desarrollo de esta idea, se vio que no solo bastaba con concientizar a los consumidores ni trabajar en conjunto con las empresas, sino que también se necesitaba de leyes que plasmaran una prohibición al testeo de productos cosméticos en animales, siguiendo la iniciativa que ya se había tomado en la Unión Europea.
De esta forma, el equipo de Te Protejo inició en 2016 el trabajo legislativo en Chile para presentar un proyecto de ley que prohibiera el testeo de productos cosméticos en animales, redactando el texto del boletín y conversando con distintos parlamentarios para ver quiénes podrían patrocinar la iniciativa. En paralelo, se conversó con actores de la industria cosmética para ver su posicionamiento ante el tema y con el Instituto de Salud Pública del país, consiguiendo que todo el ecosistema de la industria esté alineado y se efectúe un trabajo en conjunto.
Presentación en la Cámara de Diputadas y Diputados
Luego de años de esfuerzos, en 2020 se logró presencial el boletín 13.966-11, cuyo autor fue el diputado Vlado Mirosevic y fue refundido con los boletines 14.1932-11 y 14180-11, proyectos que también se referían a la temática. A pesar de tener un apoyo transversal, fue recién a finales de 2021 que fue discutido en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, siendo aprobado en general y en particular a la vez, con 113 votos a favor, 0 en contra y 02 abstenciones.
Tramitación en el Senado
Posterior a su aprobación por la Cámara de Diputados, pasó a su segundo trámite constitucional, es decir, al Senado, donde el proyecto de ley estuvo paralizado por 2 años, a pesar de los esfuerzos de la ONG que mantuvo reuniones con distintos integrantes de la Comisión de Salud para lograr que fuera uno de los temas a revisar por los parlamentarios. Lamentablemente, las prioridades de las autoridades en esas fechas se centraron en la pandemia, la reforma al sistema público de salud y a las ISAPRES.
A pesar de la adversidad, desde el equipo de Incidencia de Te Protejo se continuó insistiendo y reuniéndose con los integrantes de la Comisión, logrando contacto con el congresista Juan Luis Castro, quien logró poner el proyecto en tabla, el cual fue aprobado por los parlamentarios y avanzó a la Sala del Senado para su votación final.
El 20 de diciembre de 2023, el proyecto de ley se puso en la tabla del Senado para ser discutido y votado por todos los senadores del Congreso, instancia en que las palabras de las autoridades se centraron en la importancia del proyecto y su necesidad de ser ley, siendo aprobado por 26 votos a favor, 0 en contra y una abstención.
Pasos siguientes luego de ser aprobado por el Congreso Nacional
Luego de su aprobación por el Congreso, el boletín se envió en un oficio con los detalles de la ley al presidente de la República, don Gabriel Boric, quien -tras revisarlo- dictó el acto promulgatorio en el Diario Oficial, lo que se concretó el 26 de enero de 2024. A partir de ese día, comenzó la cuenta regresiva para la entrada en vigor de la ley 21.646, la que fijó el plazo de un año para producir efectos, de tal forma que la industria cosmética pudiera adaptar sus procesos a esta nueva normativa.
Apoyo de los actores del ecosistema
En el largo proceso de tramitación de esta ley, no podemos olvidar hacer mención al apoyo recibido por la Cámara de la Industria Cosmética de Chile, con quienes conversamos y trabajamos en conjunto para lograr esta prohibición, donde los acompañaron a las comisiones de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputadas y del Senado a comentar este boletín y nos dieron su respaldo en las distintas instancias en las que comunicamos este proyecto.
Puedes ver lo que dice la ley 21.646 en el siguiente enlace.
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